jueves, 2 de noviembre de 2017

Salario mínimo de empresas privadas no sectorizadas

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Cada dos años el Comité Nacional de Salarios (CNS) hace una revisión del salario mínimo que devengan los trabajadores de las empresas del sector privado no sectorizado de la economía dominicana. En la revisión del presente año 2017 el ministro de Trabajo aprobó un 20 % al salario mínimo, según lo sugerido por el CNS, con la variante de que su aplicación sea fraccionada.

La disposición de este aumento generó posiciones opuestas, tanto antes como después de su aprobación. Por un lado, cuenta con el favor del sector sindical –que representa a los trabajadores–, por el otro lado, ha encontrado la oposición del sector patronal –que representa a los empresarios. Esta investigación se circunscribe a estudiar el salario mínimo del sector privado no sectorizado de la economía dominicana, analizar las diferentes posiciones que presentan los actores involucrados en el tema del salario mínimo y presentar recomendaciones que puedan aportar a futuros debates sobre este tema.

Para tales fines se estudian indicadores económicos como la tasa de inflación, el costo de la canasta familiar, la productividad laboral y la reclasificación de las empresas. Entre las conclusiones arribadas en este estudio se señala que el salario mínimo pagado por las empresas privadas no sectorizadas es insuficiente para satisfacer las necesidades básicas de un hogar y que es necesario hacer una reclasificación de las empresas.

Every two years, the National Wage Committee (CNS) reviews the minimum wage earned by workers in non-sectoralized private sector companies in the Dominican economy. In the revision of the present year 2017, the labor minister approved 20% of the minimum wage, as suggested by the CNS, with the variant of its application being fractioned and not in a single moment.

The provision of this increase generated opposing positions, both before and after approval. On the one hand, it has the favor of the trade union sector, which represents the workers; while on the other it has found opposition from the employers' sector, which represents entrepreneurs. This research aims to analyze the different positions that the actors involved in the issue of the minimum wage. For such purposes, economic indicators such as the inflation rate, the cost of the family basket, labor productivity and the reclassification of companies are studied.

Among the conclusions arrived at in this study it is pointed out that the minimum wage paid by non-sectoralized private enterprises is insufficient to satisfy the basic needs of a household; and that it is necessary to make a reclassification of the companies.


Descriptores: canasta básica, empresas, inflación, salario, trabajadores.
Keywords: basic basket, companies, inflation, salary, workers.
Coordinador

Introducción
Según lo estipulado en la Ley 16-92 del Código de Trabajo de República Dominicana (1992) en su artículo 192, “el salario es la retribución que el patrono debe pagar al trabajador como compensación del trabajo realizado”. A través de un contrato de mutuo acuerdo, el empleado renta al empleador su mano de obra a cambio de una remuneración económica en un período de tiempo determinado, generalmente, un mes.
En República Dominicana existen normativas legales que fijan el salario mínimo para algunas ramas de la economía. El Comité Nacional de Salario (CNS), organismo tripartito (conformado por el Ministerio de Trabajo que hace la función de árbitro y decisor, el sector sindical y grupos empresariales) es el encargado de fijar el salario mínimo nacional para los trabajadores de todos los sectores privados de la vida laboral dominicana. No obstante, el estudio se circunscribe a analizar el salario mínimo no sectorizado1
De acuerdo con las atribuciones que le confiere el artículo 456 del Código de Trabajo, el CNS revisará las tarifas de salarios mínimos, por lo menos, una vez cada dos años.
Recientemente, el ministro de Trabajo aprobó la Resolución núm. 5/2017, emitida por el CNS, que ordena un aumento salarial de 20 % para los trabajadores del sector privado no sectorizado. Esa resolución generó un importante debate de interés nacional, tanto en la fase de discusión, como luego de ser aprobada.
Para el desarrollo de este estudio se hace un análisis del comportamiento de la inflación y el costo de la canasta familiar, indicadores socioeconómicos que tienen un impacto en el nivel de calidad de la vida y que constituyen la fuente principal de los argumentos utilizados por cada grupo para justificar su posición en el debate sobre el salario mínimo.
Igualmente, se realiza un análisis del histórico del incremento de dicho salario durante el período 2004-2017; se analiza la clasificación actual de las empresas y la propuesta de reclasificación del sector patronal. Se consulta la opinión de expertos en este tema, se presenta una comparación de la productividad de los trabajadores y el comportamiento del ingreso real y, finalmente, las conclusiones y recomendaciones en base a los hallazgos de la investigación.
1. Tasa de inflación, período 2000-2016
La inflación se define como el aumento generalizado y sostenido del precio de los bienes y servicios existentes en el mercado durante un período de tiempo, generalmente un año. (Mankiw, 2012). El incremento de los precios trae como consecuencia la devaluación de la moneda: con cada peso se adquieren menos bienes y servicios. Es decir, que la inflación refleja la disminución del poder adquisitivo de la moneda.
En el Gráfico 1 se muestra el comportamiento que ha tenido el aumento general de precios en República Dominicana durante el período 2000-2016. Se observa que en los años 2003 y 2004 la inflación llegó a cifras records en la economía nacional, posicionándose en 27.45 % y 51.46 %, respectivamente. Esto fruto de la crisis económica que vivió el país en esos años como consecuencia de la quiebra de algunas instituciones financieras. La situación vivida en esa época disminuyó significativamente la capacidad de compra de los dominicanos, quienes necesitaban cada vez más dinero para adquirir la misma cantidad de productos; su impacto negativo fue aún más fuerte en la economía de las personas que devengaban los salarios más bajos.2
Analisis sobre el salario minimo privado final grafico01
A más de una década del tope alcanzado por la inflación en 2004, se siguen sintiendo sus estragos en la economía dominicana, ya que el índice de ingresos reales (IIR) promedio pasó de 138.2 en el año 2001, a 100.8 en 2013, según datos del Banco Central. (2014).
2. Costo de la canasta familiar, período 2011-2017
La canasta básica alimentaria se define como el conjunto de alimentos, expresados en cantidades suficientes para satisfacer las necesidades de calorías de un hogar promedio. Sin embargo, es importante señalar que representa un mínimo alimentario a partir de un patrón de consumo de un grupo de hogares de referencia y no una dieta suficiente en todos los nutrientes. La canasta de los grupos de hogares de menores ingresos es inferior en nutrientes que la de ingresos mayores (BCRD)
No obstante, en este trabajo se abordará la canasta familiar que incluye, además de los productos alimenticios, precios de productos y servicios elementales para los hogares.
La canasta familiar en República Dominicana presenta una tendencia al alza, tal como se observa en el Gráfico 2, en el que se muestra el costo de la canasta básica promedio nacional (el promedio de 5 quintiles) y el del quintil 1 (el de los hogares de menores ingresos). Al cierre de marzo de 2017 la canasta básica nacional promedio costaba 29,013 pesos, mientras que los hogares de menores ingresos necesitaban 13,228 pesos para adquirir una cesta de alimentos aceptables para su alimentación.
Analisis sobre el salario minimo privado final grafico02
3. Incremento del salario mínimo
3.1. Salario mínimo en valores absolutos
Cada dos años el Comité Nacional de Salarios (CNS) hace una revisión del salario mínimo pagado por las empresas no sectorizadas, a las cuales clasifica de acuerdo con el valor de sus activos. En la revisión del año 2017, el CNS aprobó incrementar el salario mínimo en 20 %, pero de manera fraccionada: 13 % aplicable desde el 1ro de mayo y el 7 % restante para ser aplicado el 1ro de noviembre. (MT)
En la Tabla 1 se muestra el historial del salario mínimo pagado por las empresas privadas no sectorizadas durante el período 2003-2017. Tras la aprobación del 20 %, el valor absoluto del salario mínimo más alto es de $14,546.49 pesos a partir del día 1ro de mayo, y llegará a ser de $15,447.60 pesos a partir del 1ro de noviembre; mientras que los más bajos serían de $8,862.59 y $9,411.60 pesos, a partir de esas respectivas fechas.
Analisis sobre el salario minimo privado final tabla01
Es importante conocer cuál es la magnitud del incremento real que percibirán los trabajadores tras la aprobación del 20 %. En tal sentido, en la Tabla 2 se presenta el incremento real del salario mínimo del sector privado no sectorizado. Se observa que, al descontarle el incremento en su aporte a la seguridad social, el aumento real va desde $1,475.90 pesos, el más bajo, a $2,422.44 pesos, el más alto.
Analisis sobre el salario minimo privado final tabla02
3.2. Impacto de la inflación y el costo de la canasta básica en el salario mínimo
Uno de los indicadores tomados en cuenta para fijar el salario mínimo es la tasa de inflación. Los actores que intervienen en el CNS tienen como meta arribar a un acuerdo a través del cual el ingreso de los trabajadores se incremente en un porcentaje que soporte el aumento que haya registrado la inflación. Sin que eso signifique un exagerado sacrificio económico para las empresas.
En el Gráfico 3 se hace una comparación entre el porcentaje que el CNS ha acordado incrementar al sueldo mínimo para los trabajadores durante el período 2004-2017 y el comportamiento de la tasa de inflación anual registrada. Se observa que el año en que se aplicó el mayor porcentaje de aumento fue en 2004, en el que se dispuso incrementar el salario en 43 % para tratar de hacer frente el alto nivel que alcanzó la inflación en ese mismo año, llegando al 51.46 %, cifra récord para el país, fruto de la crisis bancaria de ese momento.
Analisis sobre el salario minimo privado final grafico03
Luego de los picos alcanzados en el año 2004, la inflación ha presentado un comportamiento cíclico aceptable; el porcentaje de incremento salarial también se mantuvo constante, entre 14 % y 17 %, siendo el aumento aprobado en 2017 el más alto, luego de 2004.
El incremento de la inflación tiene una repercusión directa en el aumento del costo de la canasta familiar, lo que, a su vez, disminuye las posibilidades de que los hogares menos desposeídos puedan consumir los alimentos que requieren para su nutrición. Para tener una mayor comprensión de esa realidad, el Gráfico 4 muestra el comportamiento del costo de la canasta familiar y el sueldo mínimo pagado por las empresas no sectorizadas, para el período 2011-20017.
Se observa que, en todos los años del período analizado, el costo promedio de la canasta familiar ha estado muy por encima de los salarios mínimos devengados por los trabajadores del sector privado no sectorizado. Cuando se hace la comparación con el costo de la canasta familiar del quintil 1, aunque la brecha en este caso es menor, también queda evidenciado que este siempre ha estado por encima de los diferentes sueldos mínimos que históricamente han pagado las empresas privadas.
Analisis sobre el salario minimo privado final grafico04
Para tener una mayor comprensión de la poca capacidad adquisitiva del salario mínimo pagado por el sector privado, es oportuno analizar de qué magnitud es el dicho salario respecto al costo de la canasta familiar. En ese sentido, la Tabla 3 muestra la participación porcentual del salario mínimo antes y después de la aprobación del 20 %, en la canasta familiar nacional promedio y la canasta del quintil 1.
Los resultados arrojan que antes de aprobarse el 20 %, el salario mínimo más alto, el pagado por grandes empresas, daba para comprar el 45 % de la canasta familiar promedio nacional y el 99 % de la del quintil 1; el de las medianas empresas era de 31 y 68 % de la canasta promedio nacional y la del quintil 1, respetivamente; el de las pequeñas empresas era de 28 % y 60 %; mientras que el suelo mínimo de las empresas que brindan servicios de guardianes privados, representaba el 38 % del costo de la canasta promedio nacional y el 84 % de la del quintil más bajo.
Analisis sobre el salario minimo privado final tabla03
Tras la aprobación del 20 % de incremento al salario mínimo, los trabajadores del sector privado no sectorizado percibirán un aumento en el porcentaje que representan sus ingresos para adquirir los productos de la canasta familiar. Sin embargo, en el mayor de los casos, ese aumento no pasará de 8 puntos porcentuales respecto de su capacidad para adquirir la canasta nacional promedio, como es el caso de los empleados de grandes empresas.
En cuanto a la participación de ese nuevo salario mínimo en la canasta familiar del quintil 1, la más asequible y la menos nutritiva, solo los trabajadores de empresas grandes podrán devengar un salario bruto, ligeramente superior al costo de la misma, llegando al 117 %, el cual –en términos reales– es de menor participación cuando se le resta el aporte a la seguridad social, quedando en 110 %. Todos los demás salarios mínimos seguirán por debajo del costo de la canasta familiar más barata.
4. Opinión de los actores involucrados
El bajo nivel adquisitivo de los trabajadores que devengan salarios mínimos es el principal indicador de la necesidad de incrementar los suelos mínimos en las empresas privadas no sectorizadas. El incremento del poder adquisitivo de las personas genera un ciclo que trae repercusiones positivas para diversos sectores de la economía: eleva la demanda de productos por parte de los hogares, impulsa mayor oferta de parte de los productores y, en conjunto, dinamizan la economía del país.
Cuando se debate sobre este tema todos los actores involucrados en la discusión manifiestan estar de acuerdo con la necesidad de elevar los ingresos de los trabajadores, en lo que difieren es en el nivel al que se debe aumentar.
Como es natural, en decisiones de políticas públicas como esta, cada actor trata de defender su posición, con el objetivo de que la decisión adoptada le beneficie o lesione en la menor cuantía posible sus intereses particulares.
4.1. Sector gubernamental
La máxima representación del sector gubernamental en este debate recae sobre el ministro de Trabajo, José Ramón Fadul, quien tomó la decisión final de aprobar el 20 % de incremento al salario mínimo.
Al decidir hacerlo de forma fragmentada, el ministro utilizó una estrategia que le permite satisfacer, en cierto sentido, a las dos partes involucradas en el debate: por un lado, satisface a los trabajadores con un incremento razonable, por el otro le da la oportunidad a los empresarios para que se preparen financieramente para enfrentar el impacto que les causará el aumento de sueldo, y deja abierto un rango de tiempo en que se pueda efectuar la reclasificación de las empresas, antes del 1ro de noviembre.
Fadul considera que “hay que crear un mecanismo en el que no se tenga que luchar por un aumento salarial, que se produzcan los reajustes normales de acuerdo al proceso que viva el país”. (Cid, 2017)
4.2 Sector sindical
Cuando se inició el diálogo sobre el aumento al salario mínimo, el sector sindical, que representa a los trabajadores, propuso al CNS un incremento de 30 %, pero el CNS acordó un aumento de 20 %.
A pesar de que lo propuesto por el CNS estaba por debajo de las aspiraciones del sector sindical, este actor se mostraba a gusto con la propuesta del 20 %, mientras se mantenía la discusión. Sin embargo, luego de que ese porcentaje fue aprobado de modo fraccionado por el ministro, los representantes de los trabajadores mostraron su desacuerdo en la forma de aplicar el aumento.
En tal sentido, el presidente del CNUS, Rafael Pepe - Abreu expresó que, como confederación: “se sienten frustrados con la resolución que fracciona el salario” (Cid, 2017). En tanto Jacobo Ramos, presidente de la de Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD), sostiene: “fraccionar el aumento salarial no es lo ideal, pero que para evitar seguir a otras instancias y continuar sin que los trabajadores reciban el salario, lo mejor es que se establezca como el ministro lo aprobó”. (Cid, 2017)
4.3. Sector patronal
En la mesa de este diálogo, el sector empresarial estuvo representado por la Confederación Patronal Dominicana (COPARDOM), quienes desde un principio mostraron su desacuerdo con la propuesta del 20 % de incremento al salario mínimo. Algunas entidades empresariales, como la Asociación de Industrias de República Dominicana (AIRD), advirtieron: “un aumento de ese nivel podría provocar despidos masivos y mayores niveles de informalidad en la economía”. (Hoy Digital, 2017)
Ante la alta posibilidad de que se aprobara el 20 % de aumento al salario mínimo, los empresarios hicieron la propuesta de fraccionar ese porcentaje para que se aplique primero un 10 % y en los próximos seis meses el 10 % restante. Para sustentar esa opción, el presidente de la COPARDOM, Fermín Acosta, expresó que el sector empleador necesitaba “un proceso de adaptación, porque los temas económicos no se toman de un día para otro”. (Cid, 2017)
5. Pasivo laboral
El pasivo laboral son los beneficios no salariales que reciben los trabajadores, tanto mientras están activos en una empresa, como cuando son despedidos de la misma. En el caso de República Dominicana, las variables que componen el pasivo laboral son: plan de pensión, seguro familiar de salud, seguro de riesgos laborales, vacaciones, regalía pascual, bonificación; y en caso de despido, cesantía o liquidación.
Mensualmente, las empresas tienen que aportar un monto a la seguridad social por cada empleado; pero, además, deben tener planificados los recursos necesarios para enfrentar las erogaciones de su pasivo laboral en el momento que se presenten, en el caso de las demás variables que no tienen que ser pagadas mensualmente.
El incremento de 20 % al salario mínimo de los trabajadores de empresas privadas no sectorizadas, implica un aumento directo en su pasivo laboral de las empresas, ya que todas las variables que lo componen se calculan con diferentes porcentajes en función del sueldo mensual que devengan. Esto impulsa a un alza en el costo de la mano de obra, más allá del pago de sueldos, lo que encarece el costo del trabajo para las empresas. Este fue uno de los argumentos planteados por los empresarios para sustentar su postura en contra del 20 % de incremento al salario mínimo.
6. Reclasificación de empresas
En el marco de las negociaciones previas a la aprobación del 20 % de aumento del salario mínimo, el sector patronal introdujo en la mesa del diálogo la necesidad de reclasificar las empresas. Los empresarios señalan que la clasificación que hace el CNS es contraria a la Ley núm. 488-08, que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) (Caraballo, 2017).
El CNS agrupa las empresas en tres grupos, dependiendo de su nivel de activos. Esa clasificación se presenta en la Tabla 4, en la que se observa que consideran como grandes empresas aquellas cuyas instalaciones igualen o excedan de la cifra de cuatro millones de pesos. Las empresas medianas son aquellas que tienen instalaciones que igualen o excedan la cifra de dos millones de pesos y no pasen de cuatro millones de pesos, mientras que las pequeñas empresas son aquellas que tienen un capital inferior a los dos millones de pesos.
Analisis sobre el salario minimo privado final tabla04
El problema de la clasificación que hace el CNS es que, de acuerdo con los parámetros que se establecen, muchas pequeñas y micro empresas están siendo calificadas en el grupo de las grandes empresas, lo que las hace pagar salarios mínimos que no corresponden al tipo de empresas que realmente son y que les es difícil asumir. Al considerar el alto costo de los activos, hoy en día, es muy fácil que una empresa pequeña o micro posea activos que en su total igualen o excedan los cuatro millones de pesos.
Una de las críticas que se hace a la clasificación de empresas utilizando como criterio el valor de sus activos, es la que hacen Miguel Collado Di Franco y Rafael Fornet señalando:
(…) la distinción de salarios mínimos por el tamaño de los activos es una medida que puede desincentivar la inversión privada, ya que incrementar los activos de las empresas a través de inversiones acarrea un aumento en el valor de las obligaciones laborales que tiene un empleador. (2013)
Ante esa situación, el sector empresarial aboga para que el CNS haga una reclasificación de empresas, sugiere que se cumpla con la clasificación establecida en la Ley núm. 488-08, cuyos parámetros de clasificación se muestran en la Tabla 5.
Se observa que esa ley establece tres criterios de clasificación diferentes, que son: la cantidad de empleados, el valor de los activos y el valor de las ventas realizadas al año.
Analisis sobre el salario minimo privado final tabla05
La aprobación fraccionada del aumento del 20 % al salario mínimo da la oportunidad de que se realice la reclasificación de empresas antes del 1ro de noviembre, fecha en que entrará en vigencia el 7 % que completará el aumento del mismo. De hacerse realidad esa posibilidad, el impacto económico que generaría en las empresas el aumento del 20 % sería de menor nivel.
La reclasificación de empresas es un tema que ha encontrado respaldo en diferentes sectores ligados a las negociaciones sobre salario mínimo
Según el ministro de Trabajo, al referirse a una reunión en que estaban presente los tres sectores que inciden en las negociaciones del CNS, dijo que “en este encuentro tripartito se está discutiendo la reclasificación de las empresas en la que previamente todos estamos de acuerdo, y entendemos que es una necesidad de hacerlo lo más urgente posible porque el país así lo requiere”. (Caraballo, 2017)
En ese mismo tema, el presidente de COPARDOM, Fermín Acosta, expresó que “lo que buscan es que se aplique la ley” (Caraballo, 2017). Lo que está por verse en torno a este tema es cuál de los tres criterios de clasificación que hace la Ley núm. 488-08 será el utilizado para la reclasificación de las empresas.
El asunto de la reclasificación de empresas es un tema que toca importantes aristas a considerar en esta discusión. El experto en derecho laboral, ex ministro de trabajo y ex vice-presidente de la República, Dr. Rafael Alburquerque, en una entrevista realizada por el OPD, al preguntarle sobre el tema de la reclasificación de empresas expresó lo siguiente:
La reclasificación habría que discutirla fuera del Comité Nacional de Salario, a nivel ministerial con los empresarios y los trabajadores. No se ha logrado, no se ha hecho porque cuando se aplique lo que establece la Ley de la pequeña y micro-empresa, muchas empresas que hoy pagan salario como empresa media o como empresas grandes, entonces, van a bajar de clasificación: de grande a mediana y de mediana a pequeña. Al caer en un escalafón más bajo, su salario mínimo sería inferior, sería menor.
La respuesta que dan los empresarios es: por ley no se puede reducir el salario, eso es verdad, si esa empresa bajó de escalafón de grande a mediana y de mediana a pequeña, el salario anterior, el salario mínimo anterior que estaba pagando tiene que mantenerse; pero los trabajadores tienen el temor de que el empresario reaccione diciendo: “bueno, muy bien, voy a desahuciar a los trabajadores y voy a contratar nuevos trabajadores con un salario inferior”; entonces ahí está el tranque de por qué no hay un acuerdo.
7. Productividad y salario mínimo
La productividad laboral se define como la producción por trabajador en un período de tiempo determinado. La productividad debe ser uno de los principales factores a considerar al momento de incrementar el salario de los empleados. Varios expertos en temas económicos han manifestado sus opiniones al respecto, entre ellos el economista Ernesto Selman, quien sostiene:
La única vía para incrementar los niveles salariales permanentemente es aumentando la productividad de los trabajadores. Un trabajador más productivo puede exigir un mayor nivel de salario y las empresas estarían dispuestas a ofrecer una mayor remuneración por sus servicios laborales porque agregaría mayor valor en los procesos productivos.
Un salario mínimo es un impedimento que se establece sobre aquellos trabajadores que están dispuestos a ofertar su trabajo por un monto inferior al salario mínimo establecido. Por consiguiente, incrementos en el salario distintos a los que se establecerían de manera libre, tienden a propiciar que se empleen menos personas en el mercado de trabajo y a que se mantenga alta la tasa de desempleo.
El Dr. Rafael Alburquerque señala:
El factor productividad siempre ha estado muy ausente en las discusiones del Comité Nacional de Salarios, siempre el énfasis es en la inflación, es decir, en recuperar lo que se pierde por inflación. En los últimos años la inflación ha sido mínima, de manera que ya es hora de que también se incorpore un factor importante, que es el incremento de la productividad.3
El sector empresarial ha manifestado, en varias ocasiones, su negativa a la fijación de un sueldo mínimo impuesto por una normativa estatal, argumentando que debe ser la productividad la que determine el incremento salarial de los empleados. Esta posición es sustentada por las teorías económicas que abogan por el libre mercado. Sin embargo, en economías como la de República Dominicana, los datos revelan la necesidad de que el Estado intervenga, hasta cierto punto, en la fijación de salarios mínimos.
En el Gráfico 5 se muestra el comportamiento de los índices de productividad (IP) laboral promedio e ingresos reales promedio, para el período 1991-2013, realizado por el Banco Central. Se observa que el IP se ha mantenido creciendo, mientras que el IIR ha ido en declive.
Según el artículo Algunas consideraciones sobre la Informalidad y los Ingresos en el Mercado Laboral de la República Dominicana, publicado por el Banco Central:
(…) a partir de los años 2002-2004 se verificó una caída abrupta de 35.5 % en los ingresos reales de los trabajadores como consecuencia directa de la inflación acumulada en dicho período que ascendió a 103 % fruto de crisis bancarias, la cual no fue compensada por aumentos de igual magnitud en las remuneraciones nominales de los trabajadores durante esos años. (2014, p3)
En el año 2005 se registró una recuperación parcial de 14.1 % en los ingresos reales promedio para luego permanecer prácticamente estancados en términos reales. Esto queda demostrado en el hecho de que al cierre de 2013 el IPR de los trabajadores dominicanos es prácticamente igual al vigente en 1991, pese a la productividad haber aumentado 82.5 % en esos 22 años.
Analisis sobre el salario minimo privado final grafico05
El artículo citado anteriormente también señala:
Resulta oportuno analizar los argumentos del empresariado dominicano de que los “sobrecostos salariales” son excesivos, clamando por la modificación del Código Laboral para eliminar o moderar beneficios laborales de los trabajadores formales. Esto contrasta con el estancamiento que exhiben las remuneraciones reales promedio a los trabajadores en el país en la última década. Por tanto, considerando que la brecha entre el crecimiento de la productividad y el estancamiento de los salarios reales ha continuado ampliándose una vez superada la crisis 2003-2004, todo parecería indicar que la totalidad de estos “sobrecostos” o una gran parte de éstos, han sido traspasados y ajustados a los trabajadores en la forma de salarios base más bajos. (2014, p 4.)
CONSIDERACIONES FINALES
Los datos presentados en el desarrollo de este estudio llevan a la conclusión de que los niveles de inflación que presentó la economía dominicana en el período 2002-2004 provocaron una devaluación del peso dominicano. Devaluación cuyas repercusiones negativas se siguen percibiendo hoy en día a través de una significativa disminución del poder adquisitivo de los hogares que perciben menores ingresos.
El 20 % de aumento al sueldo mínimo aprobado recientemente, se puede percibir como significativo desde cierto punto de vista. Sin embargo, este incremento no es suficiente para resarcir la pérdida acumulada del poder adquisitivo de quienes devengan los salarios más bajos. Esto queda demostrado al observar que, aún con el aumento de 20 %, el costo de la canasta familiar promedio nacional exhibe un comportamiento que la sitúa muy por encima del sueldo mínimo; solo el nuevo sueldo pagado por las grandes empresas es ligeramente superior al costo de la canasta familiar del quintil 1, la más barata, mientras que el de las demás empresas sigue por debajo de la cesta menos nutritiva.
Cabe señalar que no se puede delegar en el sector privado la responsabilidad de elevar la capacidad de compra de quienes ganan los salarios más bajos. El incremento del sueldo mínimo es una medida necesaria, pero no suficiente para impulsar mejoras significativas en el poder adquisitivo de los trabajadores. Esa acción debe ir acompañada de un conjunto de políticas públicas encaminadas a ofrecer mejores condiciones de vida a los empleados que ganan sueldo mínimo, a los que reciben más y a los que no devengan ningún salario.
Algunas teorías económicas, como la teoría clásica y la neoliberal, abogan por la no intervención del Estado en la economía, dejando que sea la libre competencia que haga los ajustes necesarios en la oferta y la demanda de un determinado mercado. Sin embargo, en el caso del mercado laboral dominicano es más propicia una política económica de carácter intervencionista para la fijación del salario mínimo, tal como se hace en la actualidad.
El no establecer un salario mínimo por orden jurídico limitaría aún más el poder adquisitivo de los trabajadores de menores ingresos. Ya que los datos demuestran que, a pesar de que la productividad laboral ha tenido un constante crecimiento, el salario real se ha mantenido estancado.
El sector empresarial tiene razón en exigir la reclasificación de las empresas, de manera que la fijación de los salarios mínimos para los diferentes tipos de empresas refleje un comportamiento justo; por el cual se le asigne a cada empresa el monto salarial que realmente le corresponde y que puede pagar, sin ver afectada significativamente su rentabilidad.
Se necesita instaurar algún método que permita que se realice un ajuste sistemático del salario mínimo. De manera que se erradique el procedimiento actual, que genera confrontaciones entre los actores involucrados.
La discusión sobre el salario mínimo es un tema que genera opiniones divididas, tanto antes como después de su aprobación. Diversos actores ponen sobre la mesa del diálogo propuestas en procura de velar por sus intereses, pero todos asienten en una realidad: el salario mínimo pagado en República Dominicana es insuficiente para satisfacer las necesidades básicas de un hogar.
Referencias
AIRD advierte aumento salarial provocaría despidos masivos. (2017, 3 de abril). Hoy digital. Recuperado desde http://hoy.com.do/aird-advierte-aumento-
Banco Central de la República Dominicana (BCRD). (2014). Algunas consideraciones sobre la informalidad y los ingresos en el mercado laboral de la República Dominicana. Santo Domingo: BCRD. Recuperado de http://www.bancentral.gov.do/noticias/pag_abierta/archivos/bc2014-06-30.pdf
Caraballo, J. (2017, 25 de abril). Reclasificar las empresas es una necesidad urgente, dice el ministro de Trabajo. Diario Libre. Recuperado de https://www.diariolibre.com/economia/
Cid, S. (2017, 19 de abril). Empresarios proponen dividir aumento salarial en dos. Listín Diario. Recuperado de
Cid, S. (2017, 3 de mayo). Centrales sindicales consideran no era lo ideal fraccionar aumento salarial. Listín Diario. Recuperado de http://www.listindiario.com/economia/
Collado, M. y Fornet, F. (2013, 2 de mayo). ¿Altos costos laborales en la República Dominicana? Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (C.R.E.E.S). Recuperado dehttp://crees.org.do/es/art%C3%ADculo/%C2%BFaltos-costos-laborales-en-la-rep%C3%BAblica-dominicana
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Herrera, D. (2017, 6 de abril). Ratifican el aumento de salario mínimo del 20 %. Listín Diario. Recuperado dehttp://www.listindiario.com/la-republica/2017/04/06/460978/ratifican-el-aumento-de-salario-minimo-del-20-
Mankiw, G. (2012). Principios de Economía. (6ta. Edición). Madrid, España Ed. Paraninfo, SA.
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Selman, E. (2017, 9 de marzo). Empleo, salarios mínimos y productividad laboral. Centro Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (C.R.E.E.S). Recuperado dehttp://crees.org.do/es/art%C3%ADculo/empleo-salarios-m%C3%ADnimos-y-productividad-laboral-2
LEYES
Código de Trabajo de República Dominicana. Artículo. 192. Recuperado de:http://codigodetrabajo.do/wpcontent/uploads/2013/09/Codigo_Trabajo_Republica_Dominicana.pdf
Ley No. 488-08, que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).

Notas
1. Se refiere a empresas cuyas actividades económicas son diversas.
2. Esto es fruto de un análisis propio de la situación vivida en esa época. Cuando hay inflación las personas que devengan los salaries más bajos son las más afectadas, porque no tienen liquidez suficiente para enfrentar el alza de los precios.
3. Entrevista al Dr. Rafael Alburquerque, realizada por Greidys Roa (Unidad de Políticas Públicas, OPD), abril de 3

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